SECASFPI otorga, en concepto de Subsidio por Sepelio, un reintegro equivalente al gasto del servicio fúnebre, con un tope máximo de $75.630 (pesos setenta y cinco mil seiscientos treinta), contra la presentación de la factura original emitida por la casa de sepelio.
En caso de no contar con la factura que acredite el gasto (cualquiera sea el motivo), se otorgará un subsidio de $37.815 (pesos treinta y siete mil ochocientos quince).
A través del convenio SECASFPI–AMSES, y mientras se encuentre vigente, el afiliado o afiliada percibirá un beneficio adicional del 100% sobre los montos establecidos.
El subsidio se abonará por el fallecimiento de un integrante del grupo familiar: padres, hijos o cónyuge.

