El SECASFPI otorga en concepto de Subsidio por Sepelio del/la afiliado/a el pago, por única vez, de $73.000 (pesos setenta y tres mil) con la presentación de la factura original emitida por la casa de sepelio a nombre del beneficiario/a.
El Subsidio se abonará por el fallecimiento del/la afiliado/a.
El Subsidio por Sepelio del/la afiliado/a no requiere antigüedad mínima para su percepción, otorgándose un solo subsidio por cada acontecimiento ocurrido, por tal razón en caso de que dos o más familiares se encuentren en condiciones de percibirlos, solo tendrá derecho a su percepción el/la familiar declarado por el afiliado/a en el formulario de solicitud de afiliación, quedando bajo exclusiva responsabilidad del/la afiliado/a la notificación al SECASFPI, con carácter de declaración jurada, de todo cambio producido.